En España hay 700.000 licencias para pesca deportiva, y se calcula que pescan, 300.000 aficionados sin ningún tipo de licencia.
La normativa de pesca marítima recreativa en España, es algo confusa, insuficiente y restrictiva en algunos casos. Queda claro que es necesario legislar la pesca deportiva, por que un millón de pescadores recreativos pueden causar un grave daño, si no se ponen limites.
Existe una normativa general para toda España sin contar Canarias. Luego tenemos una normativa para cada Comunidad Autónoma, aunque lo que prohíba la estatal no puede ser autorizada por la autonómica.
Hay va una pequeña y liosa explicación para los pescadores de caña y también algo para la pesca submarina
Permisos y licencias.
Con los permisos existe una gran confusión, debido a que todas las comunidades no unifican criterios.
Quitando un permiso en una Comunidad Autónoma, y según indica la normativa estatal, las demás Comunidades deberán respetar dichos permisos. Es decir con un permiso o licencia de una Comunidad autónoma, podremos pescar en el resto del Estado. Pero el problema esta en que comunidades como Andalucía o Asturias existen mas tipos de licencias que en el resto de las Comunidades.
Lo que nos habla la normativa estatal es de dos tipos de licencias, una para la pesca submarina y otra para el pesca con caña desde tierra o embarcación.
En Asturias son tres: pesca submarina, desde tierra y desde embarcación.
Andalucía y Cataluña aún más difícil, por que existe una cuarta licencia, se llama colectiva y es una única licencia para una embarcación.
En Baleares hay cuatro licencias, colectiva, submarina, recreativa (vale para tierra y embarcación) y la deportiva, necesaria para competir.
La normativa Valenciana sólo habla de licencia de pesca submarina y de pesca desde embarcación, esto es erróneo ya que la normativa Estatal obliga a la necesidad de un permiso para todo tipo de pesca recreativa.
El detalle es…. que el agente de la ley que nos pida una licencia en otra comunidad distinta a la nuestra, no se arme un lío y reconozca, que las cosas están mal hechas, y nos deje pescar tranquilos. El caso es……. que se puede pescar legalmente aunque no tranquilamente en todo el Estado con una licencia de tu una Comunidad Autónoma.
Señuelos
Esta autorizado a usar un máximo de dos Señuelos o aparejos por licencia con un máximo de 6 anzuelos. Cada señuelo artificial se cuenta como un anzuelo. Para los cefalópodos esta limitado en dos el número de poteras.
Cataluña. No se puede utilizar mas de 4 anzuelos y no pueden ser inferiores al numero 8
Islas Canarias dos aparejos y tres anzuelos por aparejo.
Capturas máximas
Peso máximo de 5kg. Se podrá no computar el peso de una de las piezas capturadas.
Desde embarcación, con 5 pescadores o más, el cupo es de 25kg por día.
En Cantabria y País Vasco son un poco mas restrictivas, y el cupo es de 5kg y se podrá no computar el peso de la ultima captura. Esto implica que si la primera captura del día supera los 5kg ya no podremos seguir pescando. .
En Galicia, pescando desde embarcación y que el numero de licencias sean 3 o mas, tendremos un máximo de capturas de 16 Kg.
En Las Islas Canarias tendremos un máximo de 4kg y desde embarcación siempre que sean 4 o mas licencias, el máximo será de 16kg.
Lo máximo de capturas para albacoras, patudas y merluzas será de 5 piezas con un máximo de 20 piezas por embarcación.
Ojala diésemos con ellos, y poder coger solo uno de estos. El atún rojo, atún blanco, marlín, pez vela y pez espada lo máximo será de una pieza por licencia 4 piezas por embarcación.
En Galicia para esto ultimo el cupo será de 25kilos por licencia y 50kilos por embarcación.
Capturas prohibidas
Crustáceos, moluscos bivalvos y gasterópodos y también corales.
Andalucía prohibido coger cefalópodos.
Prohibiciones
Obstaculizar o molestar a los marineros profesionales. Tenemos que fanear a 200 metros de esta gente tan…. Legal.
No podremos utilizar artes profesionales como palangres, redes o nasas.
Prohibido los carretes eléctricos. Solo usar se podrá usar dos de estos carretes con una potencia en conjunto de 300w.
El cebado de las aguas por que se considera, método artificial de atracción de la pesca. Aunque en Asturias y Galicia se puede usar ya que las normas lo dicen, y en canarias esta totalmente.
Arpones, explosivos y sustancias venenosas o contaminantes.
No se puede pescar a menos de 100 metros de zonas de baño. (Solo se puede pasar a mirar las chavalas)
No se puede vender lo que se pesca.
Tallas mínimas
Hay tres tablas de tallas mínimas, Cantábrico, Atlántico, y otra para el Mediterráneo y otra para Canarias. Aquí os dejo las que nos incumbe.
Tallas mínimas el Cantábrico y noroeste, así como del golfo de Cádiz





